El diputado nacional de la UCR, Fernando Carbajal, en forma conjunta con autoridades del Partido Unión Popular, presentaron ante el Superior Tribunal de Justicia una demanda contra el Estado provincial, a los efectos de que el máximo órgano judicial de Formosa declare la inconstitucionalidad de la ley de lemas, por considerar que la misma “viola derechos y garantías constitucionales”.
La presentación fue realizada este viernes en horas de la mañana por el equipo jurídico del legislador nacional del radicalismo, que patrocinó al doctor Diego González, titular del Partido Unión Popular, en el inicio de la demanda ante la corte provincial.
Al respecto, Carbajal explicó que se trata de una acción del frente opositor formoseño “ante la necesidad de establecer nuevas reglas de juego democráticas en la provincia que la ley de lemas lo impide”.
Concretamente, los demandantes piden al STJ que “se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Lemas 653 con sus modificatorias Nº 1434/04 – Ley Nº 1501/06 declarando que la misma viola derechos y garantías constitucionales, con costas en caso de oposición”.
En tal sentido, solicitaron que la acción se canalice “por medio del proceso previsto para la acción declarativa prevista en el art. 320 del C.P.C.C., pues planteamos la inconstitucionalidad del sistema de ley de lemas en función de los derechos políticos que se afectan, por lo cual resulta este proceso el indicado para la declaración de inconstitucionalidad que se pretende”.
El diputado nacional del radicalismo dijo que la pretensión de esta acción ante el STJ es “la declaración de inconstitucionalidad del mentado sistema a fin de que este Poder Judicial, previo declaración que se solicita sobre el mismo, exhorte e intime al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo de la provincia a fin de que dicten una norma general de elecciones compatible con el diseño constitucional”.
Se señala en la presentación que tal intimación “deberá efectuarse para que el termino de 60 días corridos a partir de la firmeza que adquiera este pronunciamiento la Provincia cuente con un sistema electoral compatible con el bloque de constitucionalidad federal que se explicita como fundamento de esta pretensión”.
En parte de los fundamentos de la presentación, los integrantes del frente opositor señalan que “venimos a sostener que la ley de Lemas 653 y sus reformas, en su aplicación afecta derechos políticos que deben ser considerados derechos humanos, y que incluyen los derechos de asociación y reunión con fines políticos, derecho de petición a las autoridades, los derechos de participación y control, así como, especialmente, el derecho a elegir y ser elegido conforme a las leyes”.
En este aspecto, sostienen que “así las cosas, el sistema de lemas de la ley 653 no garantiza el principio del sufragio “universal, igual, secreto y obligatorio” ya que el voto es fragmentado y no tiene destino directo sino que por imperio de un sistema derivándose a una lista, o personas por las cuales el ciudadano no voto”.
Puntualmente, advierten que la forma y modo de implementación del sistema de lemas de la ley 653 impide que:
a) los partidos cumplan su rol fundamental establecido por el artículo 38 de la Constitución;
b) las listas compitan en un plano de igualdad real de oportunidades (art. 16 de la CN).
También consideran que “el sistema de lemas, lejos de favorecer el funcionamiento del sistema de partidos lo atomiza; fomenta el fraccionamiento de los partidos, debido a que facilita a los políticos de un partido formar sus propias listas y presentar candidaturas adicionales, lo que entorpece la cohesión partidaria. A la par de que puede dar el triunfo a un candidatopoco representativo del electorado y sin coherencia con el orden de preferencias delos votantes”.
CUESTIÓN FEDERAL
En la presentación, los miembros del frente opositor también introducen la cuestión federal, al señalar que “siendo esta la primera oportunidad procesal donde se promueve la acción, venimos a introducir la cuestión federal que entraña este proceso donde los derechos amparados por la Constitución Nacional y la CADH son lesionados, restringidos y alterados por el sistema cuestionado”.
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En tal sentido, consideran que la introducción de la cuestión federal “es tempestiva, es oportuna, clara y manifiesta de ocurrir por la vía del art. 14 de la ley 48 en caso de que no fuera receptada la pretensión de nuestra parte en los términos expuestos”.
Tras la presentación, Diego González, de Unión Popular, dijo que “en mi carácter de presidente y apoderado del partido, este es un día histórico en Formosa, porque ante tanta incertidumbre que se está viviendo en cuestiones sociales, económicas y políticas, y siguiendo el lineamiento de la institucionalidad, hemos presentado junto con el equipo jurídico de Fernando Carbajal la correspondiente acción judicial para tratar de resolver un problema que tenemos hace años los formoseños en materia electoral que es la ley de lemas”.
“Vamos a dar la batalla jurídica como corresponde con los elementos que tenemos para seguir avanzando en la transparencia de las elecciones provinciales, que es lo que nos interesa como formoseños y como dirigentes políticos, para que los formoseños puedan elegir y ser elegidos como dice la Constitución, como dice la ley”, concluyó
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