La justicia federal dictó una medida cautelar a favor de una afiliada a OSDE y dejó sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23. La acción de amparo fue presentada en el Juzgado Federal en marzo de este año. Es el primer caso que se conoce en la provincia y el segundo en la región NEA.
El abogado Matías Aquino Viudes, que promovió la acción judicial a favor de su clienta, indicó que el amparo fue planteado en la justicia federal de Formosa en los términos de los artículos 42 y 43 de la Constitución Nacional contra la Organización de Servicios Directos Empresarios (O.S.D.E.), con el objeto de que se la condene a dejar sin efecto los aumentos realizados en los servicios de salud en virtud del DNU 70/23 del PEN dictado el 20 de diciembre de 2023 y se declare su inconstitucionalidad.
“Con este recurso también perseguimos la inconstitucionalidad del decreto presidencial y solicitamos que se disponga con medida cautelar la suspensión de la suba en las cuotas de la prepaga y se mantenga, mientras se tramita la acción, el importe a diciembre cuando salió el DNU”, precisó.
Y agregó: “ayer salió el fallo de la justicia federal dando lugar a la medida solicitada, suspendiendo los incrementos a nuestra clienta y el justificativo, en este caso particular, que necesitaba un elemento deber de prevención e imponía la necesidad de un pronunciamiento jurisdiccional inmediato”.
Aquino Viudes explicó que “cualquier persona o afiliada a una prepaga medicinal puede iniciar una medida judicial similar en caso de ser damnificada por los aumentos desmedidos y abusivos en las cuotas a partir de los ajustes aplicados con la desregulación de tarifas que permitió el mega DNU del presidente Javier Milei”. (Fuente diario La Mañana)
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